Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0658/2012
Fecha: 02-Ago-2012
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 17 de octubre de 2009, el ahora accionante solicitó al Presidente y Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, la conversión de acción penal pública a privada, como la remisión del cuaderno de investigaciones a la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, para su sorteo a un Juez de Sentencia Penal, de conformidad con el art. 26 inc. 3) último párrafo del CPP (fs. 7); solicitud ésta que es reiterada por memorial de 30 de octubre de 2009 (fs. 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedencia”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2.1. De los requisitos de forma y contenido
- b)
- III.2.3. De la legitimación pasiva
- no se presenta la coincidencia que tiene que darse entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquella contra quién se dirige la acción
- III.3. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 22
- esa primera demanda estaba dirigida únicamente contra
- APROBAR