SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2012

Fecha: 02-Ago-2012

II.9.

II.9. Por el memorial de solicitud de orden de depósito judicial, presentado el 21 de octubre de 2011, de fs. 124 y vta., y el memorial de apelación de 3 de noviembre del mismo año, de fs. 125 a 127 vta., la accionante pidió a la Jueza Tercera de Instrucción en lo Civil y Comercial, autorice la extensión de la boleta de orden de depósito judicial, para que pueda hacer el depósito de la suma restante por concepto de capital, intereses y costas, habida cuenta que ya depósito Bs40 000.- (cuarenta mil bolivianos) de los Bs71 932.- (setenta y un mil novecientos treinta y dos) que arrojó la liquidación de capital e intereses de 7 de abril de 2011, a fs. 12; y por el segundo interpuso recurso de apelación contra la decisión de la misma autoridad, que aprueba el remate del inmueble embargado, reiterando su voluntad y predisposición de cumplir con el depósito del saldo del monto adeudado, habida cuenta nuevamente que ya depositó Bs40 000.