Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2012
Fecha: 02-Ago-2012
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, concordante con el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve: REVOCAR la Resolución 01 de 25 de abril de 2012, cursante de fs. 118 a 121 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, por las razones expuestas; y en consecuencia DENEGAR la tutela impetrada, aclarando que no se ingresó en el análisis de fondo del caso.
- acción de amparo constitucional
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- 1)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos libre y expresamente como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- por tanto, se trata de un derecho disponible
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- REVOCAR