SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1172/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1172/2012

Fecha: 06-Sep-2012

1)

La Fiscal de Materia asignada al caso, en audiencia señaló lo siguiente: 1) A partir de la SC 0096/2010-R de 4 de mayo, la seguridad jurídica ya no es un derecho sino es un principio y la acción de amparo constitucional no se abre para tutelar principios; por tanto, no existe vulneración al derecho a la “seguridad jurídica”; 2) SOBOSE S.A. no reclamó en su momento por lo que convalidó los datos que contiene el expediente, por no haber observado en el momento oportuno; y, 3) Los Autos Supremos no expresan nada respecto a la carta de la Brigada Parlamentaria de Chuquisaca, por lo que no se ha vulnerado ningún derecho; finalmente, solicitó se deniegue la acción de amparo constitucional.