SENTENCIA CONSTUCIONAL PLURINACIONAL 1301/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTUCIONAL PLURINACIONAL 1301/2012

Fecha: 19-Sep-2012

Fragmento 20

           A objeto de resolver la problemática planteada por la parte accionante, corresponde referirse al instituto de la recusación y el procedimiento que se sigue cuando la misma se presenta ante un tribunal de sentencia; al respecto, la SC 0054/2005 de 12 de septiembre, efectuando una interpretación de los arts. 318, 319 y 320 del CPP, estableció: