SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1161/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1161/2013-L

Fecha: 02-Oct-2013

II.5.

II.5.  Wilson Roca Rodríguez y Eva Erika Egüez Medina, por memorial presentado el 26 de octubre de 2010, formularon recusación contra María Eugenia Algarañaz, codemandada, con el argumento que al existir dos votos disidentes, existiría criterio marcado, además de una amistad personal con la abogada Eugenia Rivero Melgar (fs. 89); recusación a la cual, la referida Vocal se allanó mediante Auto de 27 de octubre de ese año (fs. 90); para luego ser declarada legal, por Auto de Vista 28 de 15 de enero de 2011, suscrito por la Sala Penal Segunda (fs. 100).