SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1841/2013
Fecha: 25-Oct-2013
c)
c) Sobre el supuesto Ítem 44 de la accionante, la misma señala que es servidora pública del Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas dependiente del Ministerio de Gobierno y que fue dada de alta con el Ítem 44, correspondiente al Nivel 21 de la escala salarial bajo el cargo de Secretaria; sin embargo, el Ítem 44 de la estructura del Viceministerio -institución demandada- corresponde a otro nivel y siempre estuvo asignado a otra persona que ejerce funciones en la Unidad de Prevención Holística, conforme se tiene la certificación que se adjunta, lo que genera dudas y refuerza la necesidad de que la accionante presente su memorándum de designación a efecto de determinar cuál es la entidad competente para resolver el presente caso, por lo que esta acción tutelar debe de ser declarada improcedente.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- c)
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- II.1
- II.2
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad dentro de la acción de amparo constitucional
- subsidiariedad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo