SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1841/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1841/2013

Fecha: 25-Oct-2013

II.2

II.2   El 5 de marzo de 2013, la accionante mediante memorial dirigido al Viceministro de Defensa Social y Sustancias Controladas (dependiente del Ministerio de Gobierno), solicitó que se deje sin efecto el memorándum 022/13 de 15 de febrero de 2013 (fs. 9 y 10); el 6 de igual mes y año, Lizzeth Sheila Echeverría Hurtado, por memorial dirigido al Director General de la FELCN, requirió que se dejara sin efecto el memorándum antes mencionado, por disponer de forma ilegal su destino a prestar servicios al Comando UMOPAR de Beni, vulnerando de esa manera su derecho al trabajo, a la familia y a la vida (fs. 7 y 8 vta.); el 23 del mismo mes y año, a través de memorial dirigido al Ministro de Gobierno, instó que se deje sin efecto el ya citado memorándum, con argumentos similares a los anteriores memoriales presentados al Director General de la FELCN y al Viceministro de Defensa Social y Sustancias Controladas (fs. 11 a 12).