SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1841/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1841/2013

Fecha: 25-Oct-2013

ii)

ii)  De acuerdo a los memorándums impugnados, se puede establecer que en ninguna parte de los mismos se la designa como una funcionaria policial operativa, puesto que sería ilógico que una funcionaria administrativa preste servicios como funcionaria operativa, ya que los mismos disponen su transferencia de destino cumpliendo las mismas funciones, toda vez que en ningún momento se procedió al cambio de ítem y mucho menos del nivel salarial, aspecto que va en total contradicción con las afirmaciones efectuadas por la accionante; en ese entendido, la ex servidora pública estaba plenamente habilitada para impugnar cualquiera de los memorándums emitidos, haciendo uso de los instrumentos jurídicos que la ley le proporciona para la tutela de sus derechos, como son el Recurso de revocatoria y el jerárquico, e incluso en la vía jurisdiccional, el proceso contencioso administrativo; dentro de este contexto, si los actuados administrativos le causaban indefensión como alega la accionante, estaba completamente habilitada para interponer los recursos antes mencionados; empero, la accionante alude que presentó un memorial dirigido al Viceministro de Defensa Social y Sustancias Controladas, donde solicitó que se deje sin efecto los memorándums precitados, de cuyo contenido se evidencia que no fundamentó ni siquiera hizo referencia a la Ley de Procedimiento Administrativo, conforme lo establece el art. 64 de la LPA.