Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1891/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.10.
II.10. Mediante memorial de 30 de marzo de 2012, el actual accionante Manuel Mercado Gordillo, presentó recurso de reposición bajo alternativa de apelación, ante la Jueza Sexta de Trabajo y Seguridad Social, solicitándole se reponga el Auto de 12 del mismo mes y año, con el argumento que tenía que purgar rebeldía porque nunca fue notificado con ninguna actuación (fs. 13 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2.Los procesos laborales contra personas jurídicas y sociedades de hecho
- contra la parte a quien se reclama o contra su representante
- III.3. La declaratoria de rebeldía y la posibilidad de asumir defensa en el estado en que se encuentre el proceso
- III.4.Análisis del caso concreto
- dirigida contra el cargo o función en cuyo ejercicio pudieron cometerse dichos actos
- contra el “Café Campanario”
- responden en forma solidaria e ilimitada del cumplimiento de lo realizado frente a terceros
- empleador
- contra la parte
- ampulosa de argumentos y citas legales
- denegado
- CONFIRMAR