SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1943/2013
Fecha: 04-Nov-2013
Dr. Carlos Gustavo Romero Bonifaz
El 28 de noviembre de 2012, presentaron denuncia ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de Chiquitos del departamento de Santa Cruz, por la presunta comisión de los delitos de asociación delictuosa, robo agravado, daño calificado, abigeato, allanamiento de domicilio y otros; aclaran, que no efectuaron la denuncia en el momento en que sucedieron los hechos debido a que se encontraban atemorizados por los avasalladores que son personas peligrosas, violentas y agresivas. Consta en acta de verificación de asentamiento ilegal a la Colonia, elaborado por Notario de Fe Pública, la realización de precarias chozas con techo de carpas y horcones de madera blanca que corresponde a los árboles que fueron talados de forma indiscriminada. En el proceso penal seguido contra los demandados, se les impuso la detención preventiva y posteriormente mediante acciones de libertad, recuperaron ese derecho. Según informes policiales, “…los asentados manifestaron a los policías que ellos habían comprado dicho predio del actual Ministro de Gobierno Dr. Carlos Gustavo Romero Bonifaz, quien se comprometió a hacerles otorgar los títulos, asimismo han sido avalados por la Federación Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia…” (sic).
Acuden a la vía constitucional dentro del plazo para interponer la presente acción, debido a que la instancia penal activada no resulta inmediata para restablecer sus derechos fundamentales que fueron restringidos por el avasallamiento a la Colonia Menonita “El Tinto”, ocasionándoles un grave perjuicio irremediable e irreparable.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Dr. Carlos Gustavo Romero Bonifaz
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 7
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- “otorgó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4.
- Fragmento 27
- III.5. Con relación a la flexibilización de la legitimación pasiva
- III.6
- CONFIRMAR en todo