SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2013

Fecha: 18-Feb-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado del accionante, ratificó el contenido de la acción planteada y la amplió indicando, que los trámites en los que se encuentra involucrada la libertad deben ser resueltos lo antes posible, en el caso de su defendido, la solicitud de libertad condicional se realizó el 31 de enero de 2012, resolviéndose recién el 5 de junio de ese año y la apelación se presentó el 13 del mes y año antes referido, emitiéndose Auto de Vista el 14 de agosto del mismo año; es decir, fuera de plazo establecido por los arts. 405 y 406 del CPP.