DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013

Fecha: 12-Mar-2013

74, 75

               Se debe recordar que entre los principios que rigen las entidades territoriales autónomas, de acuerdo al art. 270 de la CPE, se encuentran el principio de gradualidad y voluntariedad, por lo que se debe señalar que el principio de gradualidad aplica para el ejercicio progresivo de las competencias por las entidades territoriales autónomas de acuerdo a sus necesidades y capacidad institucional, en tanto que el principio de voluntariedad aplica para los procesos de transferencia y delegación competencial que no podrán realizarse de manera arbitraria, sino previo acuerdo intergubernativo entre los niveles de gobiernos involucrados, ello en el marco de la SCP 2055/2012 que establece un alcance interpretativo del art. 64 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.