DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013

Fecha: 12-Mar-2013

pues la legislación básica y la legislación de desarrollo corresponden únicamente a las competencias compartidas

               Por lo expuesto, la Carta Orgánica no puede señalar que “La legislación de desarrollo es complementaria a la legislación básica, norma sobre las competencias compartidas y concurrentes asignadas al Gobierno Autónomo Municipal de Cocapata (…)”, pues la legislación básica y la legislación de desarrollo corresponden únicamente a las competencias compartidas, y la legislación del nivel central del Estado respecto las competencias concurrentes es una Ley sectorial, que a diferencia de la ley básica, debe regular todo respecto a la competencia, y no sólo las directrices básicas, pues sobre una competencia concurrente las entidades territoriales autónomas no tienen ninguna facultad para emitir legislación de desarrollo, y su ejercicio competencial se circunscribe sólo a la facultad reglamentaria y la facultad ejecutiva.