DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013

Fecha: 12-Mar-2013

III.9.4.

En el marco de lo establecido en el Fundamento Jurídico III.2 referente a la Autonomía Municipal y el Fundamento Jurídico III.3.1, del presente fallo, relativo al ejercicio competencial, recordamos que el Gobierno Autónomo Municipal está conformado por dos órganos: Un órgano legislativo (Concejo Municipal) y un órgano ejecutivo presidido por un Alcalde, los cuales tienen asignados constitucionalmente cinco facultades de gobierno: Deliberativa, Legislativa, Fiscalizadora, Reglamentaria y Ejecutiva.

En ese marco, recordemos que el ejercicio de competencias se hace efectivo en el marco del ejercicio de las facultades Legislativa, Reglamentaria y Ejecutiva, respecto de las cuales el proyecto de Carta Orgánica pretende establecer en el Título IV, las características y atribuciones de los órganos del gobierno autónomo, en el marco de sus facultades y competencias.