DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013

Fecha: 12-Mar-2013

El numeral  6 del art. 32

En el marco de los análisis precedentes desarrollados, el órgano ejecutivo presidido por el Alcalde, podrá generar resoluciones propias e inherentes a sus funciones, por lo que la Carta Orgánica deberá prever que este órgano emita determinada normativa. En ese contexto, si bien el órgano ejecutivo podría proponer en consideración además de leyes y ordenanzas municipales, determinadas resoluciones, esto no le impide que pueda generar resoluciones propias a sus funciones.