DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013

Fecha: 12-Mar-2013

“II.

“II.  El Defensor del ciudadano del municipio de Cocapata velará por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos, individuales y colectivos, que se establecen en la presente carta orgánica municipal.  La función de la Defensoría alcanzará a la actividad administrativa de todo el Gobierno Autónomo Municipal de Cocapata y a la actividad de las instituciones privadas que presten servicios públicos”.

El art. 218.I de la CPE señala que “La defensoría del Pueblo velará por la vigilancia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos, individuales y colectivos, que se establecen en la Constitución, las leyes y los instrumentos internacionales. La función de la Defensoría alcanzará a la actividad administrativa de todo el sector público y a la actividad de las instituciones privadas que presten servicios públicos”.