Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2013
Fecha: 25-Mar-2013
II.12.
II.12. El 27 de noviembre de 2006, el ahora demandado, Óscar Gerardo Montes Barzón, a través de su apoderada María del Rosario Esper Valenzuela, solicitó a la Jueza Segunda de Instrucción en lo Civil, señalamiento de día y hora de audiencia para ministrar posesión judicial de los mencionados predios, petición que por Auto de 28 del mismo mes y año, la citada autoridad jurisdiccional, fijó audiencia para horas 10:30 del 8 de diciembre del citad año, disponiendo se oficie al Comandante Departamental de la Policía para que preste el auxilio necesario, enviando efectivos policiales en número de veinte, para llevar a cabo la referida audiencia (fs. 163 y vta. del anexo 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Derecho a la propiedad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR