Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2013
Fecha: 25-Mar-2013
II.13.
II.13. Por memorial presentado el 8 de diciembre de 2006, el Alcalde ahora demandado, por intermedio de su nombrada abogada apoderada, solicitó a la autoridad jurisdiccional, la suspensión de la audiencia de posesión judicial de las áreas verdes y vías públicas, argumentando que existe diversas presiones de hecho asumidas por los ocupantes de dichos predios contra autoridades municipales, específicamente contra el ingeniero Juan Carlos Mena, quien habría sido tomado como rehén (fs. 167 del anexo 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Derecho a la propiedad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR