SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0369/2013-L
Fecha: 23-May-2013
II.1.
II.1. El memorial de 17 de noviembre de 2009, presentado por Julio César Saldaña Trophemus, ahora convocado como tercero interesado, en su calidad de acusado, indica que éste solicitó extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, dentro del proceso penal seguido en su contra por Martha Eusebia Gantier Lemoine, ahora apoderada de la accionante, por la presunta comisión del delito de violación agravada, indicando que el informe de investigación es de 27 de octubre de 2006, que su declaración y la de su denunciante datan de 26 de octubre del mismo año y que la misma fecha fue ordenada su detención a través de requerimiento fiscal. También señala que consta la imputación formal en su contra, en cuya audiencia cautelar se le impusieron medidas sustitutivas a la detención preventiva. Finalmente, señala que el cómputo del tiempo transcurrido para la conclusión del proceso penal, por extinción contemplado en el art. 133 del CPP, era a partir de la primera sindicación efectuada en sede judicial o administrativa contra una persona como presunto autor o partícipe de la comisión de un delito y como lo señala la SC 0033/2006-R de 11 de enero, todo proceso tendrá una duración máxima de tres años contados desde el primer acto del procedimiento, salvo el caso de rebeldía; y tomando en cuenta que el proceso penal que se le sigue tiene como inicio el 26 de octubre de 2006, se establece que han transcurrido más de tres años, por lo que solicita la extinción de la acción por duración máxima del proceso y se disponga el archivo de obrados, ello en concordancia con el art. 27 inc. 10, 133 y 308 inc. 4) del CPP (fs. 2 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso en su elemento a la debida fundamentación o motivación en las resoluciones
- III.2.1. De la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.3. De la tutela judicial efectiva o acceso a la justicia
- III.4. De la seguridad jurídica
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. De la actuación del Tribunal de garantías
- 1º REVOCAR
- 3º