SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0369/2013-L
Fecha: 23-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su elemento a la fundamentación, a la tutela efectiva y al acceso a la justicia, así como a la “seguridad jurídica”, por cuanto las autoridades demandadas, dentro del proceso penal seguido contra el tercero interesado a denuncia de la apoderada de la accionante, por la presunta comisión del delito de violación agravada, dispusieron la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso penal, sin fundamento idóneo, incumpliendo en ambas Resoluciones con su deber de expresar los motivos de hecho y de derecho, los cuales importan la base de su decisión, así como también incumplieron con su obligación de señalar el valor otorgado a los medios de prueba, soslayando pronunciarse sobre la contestación de la ahora accionante a la excepción interpuesta por el acusado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del debido proceso en su elemento a la debida fundamentación o motivación en las resoluciones
- III.2.1. De la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.3. De la tutela judicial efectiva o acceso a la justicia
- III.4. De la seguridad jurídica
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. De la actuación del Tribunal de garantías
- 1º REVOCAR
- 3º