SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1963/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1963/2013

Fecha: 28-Jun-2013

“…en Secretaría de la administración aduanera dentro de las 24 horas de su emisión”

Pudiendo advertirse que la Ley General de Aduanas, modificada por la Ley del Presupuesto General del Estado, estableció que en caso de declaración de abandono por parte de la ANB, se notificará la Resolución que declare dicho aspecto “…en Secretaría de la administración aduanera dentro de las 24 horas de su emisión”, no procediendo el levante de dichas mercaderías bajo ninguna otra circunstancia.

Sintetizando, se puede establecer que las mercancías que se encuentra almacenadas en depósitos temporales y que no hayan sido recogidos por sus importadores o propietarios de las mismas en el plazo de dos meses, son pasibles a que la ANB, pueda declarar mediante Resolución, el abandono de dichas mercancías, notificando en secretaría dicha resolución en el plazo máximo de veinticuatro horas y haciendo entrega al Ministerio de la Presidencia a título gratuito las mismas.