SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

denegó

La Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 428/11 de 7 de noviembre de 2011, cursante de fs. 449 a 454, denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes razonamientos: 1) Al haberse dirigido la demanda contra los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, el actual Tribunal de garantías, asumió competencia por la jerarquía de las autoridades “recurridas”, que tienen asiento de funciones en Sucre; 2) De lo expuesto por el accionante, se evidencia que lo que se trata de hacer, es que el Tribunal de garantías sea un Tribunal de instancia o de revisión de fallos emitidos por el Juez y tribunal de alzada de Tarija; por lo que se establece que no se dan los presupuestos relativos a los actos lesivos denunciados, es decir, que los mismos no se hallan vinculados directamente con el derecho a la libertad o en su caso que existiese una absoluta indefensión; 3) En la actuación de los Vocales “recurridos”, tampoco se advierte que los actos acusados, tengan directa vinculación con la vulneración al derecho a la libertad personal del “imputado”; y, 4) Los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, suscribieron alguna resolución que se halle relacionado con los supuestos tutelados en el art. 125 de la CPE.