SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

que jamás sirvieron de base para la detención preventiva

De dichos antecedentes, se establece que el accionante, a tiempo de interponer su acción de libertad, señaló como uno de los argumentos en los que sustentó este medio de defensa, el hecho de que el Juez cautelar, alteró y cambió los peligros procesales de manera arbitraria, por lo que se le dejó en completa indefensión, pues: “…cómo puede defenderse una persona en una audiencia de cesación, si en ella sencillamente se hacen aparecer elementos de obstaculización y de peligro de fuga que jamás sirvieron de base para la detención preventiva, como el hecho de tener cédula de identidad, que su hermano tenga asilo político en el Paraguay y que existan dos empleados trabajando aún en la gobernación” (sic) (negrillas añadidas).