DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0055/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0055/2014

Fecha: 21-Oct-2014

art. 18.21

El art. 18.21 señala que la Asamblea Regional podrá reconocer honores públicos a quienes lo merezcan, por servicios eminentes a la Región, de acuerdo al Reglamento Interno de Funcionamiento y Debate de la Asamblea Regional; tal competencia no ha sido transferida a la Autonomía Regional, por lo que lo determinado por el numeral 21 del art. 18 es incompatible con el marco jurídico constitucional.