DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0055/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0055/2014

Fecha: 21-Oct-2014

art. 94

El art. 94 con relación a la seguridad ciudadana, sostiene que: “…en el marco de la legislación del nivel central del Estado, ejercerá su facultad reglamentaria y ejecutiva cuando corresponda, para garantizar la seguridad ciudadana en beneficio del conjunto de habitantes de la región del Gran Chaco Tarijeño dentro de su jurisdicción”; en este punto es necesario advertir que el art. 301 de la CPE, determina que la región, una vez constituida como autonomía regional, recibirá las competencias que le sean transferidas o delegadas. La seguridad ciudadana no fue una de las competencias transferidas o delegadas por el nivel departamental, por lo que el contenido del art. 94 es incompatible con el texto de la Constitución Política del Estado.