Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2014-S3
Fecha: 25-Nov-2014
7)
7) Por último, mediante memorial de 2 de junio de 2014, la actora acompañó formulario de la Empresa de Correos de Bolivia, reiterando se expida el mandamiento señalado; el mismo que mereció el decreto de 4 de junio de 2014, que señaló: “…se esté al auto de la misma fecha en el que dejo sin efecto lo obrado hasta fs. 83 inclusive…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a tiempo de su activación deberá demostrarse que la amenaza es cierta y evidente, y no conjetural o presuntiva, lo que significa que es un requisito para la procedencia de la acción, la demostración de la existencia positiva y material de la amenaza o restricción de la libertad
- Fragmento 20
- III.2. El caso concreto
- CONFIRMAR