Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2014-S3
Fecha: 25-Nov-2014
acción de libertad
En revisión la Resolución de 6 de junio de 2014, cursante de fs. 67 a 70 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Iván Perales Fonseca en representación de Donato Espinoza contra Gladis Teresa Copa Torrez, Jueza Segunda de Instrucción de Familia del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a tiempo de su activación deberá demostrarse que la amenaza es cierta y evidente, y no conjetural o presuntiva, lo que significa que es un requisito para la procedencia de la acción, la demostración de la existencia positiva y material de la amenaza o restricción de la libertad
- Fragmento 20
- III.2. El caso concreto
- CONFIRMAR