SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1976/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1976/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Fragmento 23

De los mismos antecedentes, conforme a lo desarrollado en las Conclusiones del presente fallo constitucional, se tiene que respecto a la instalación y desarrollo de la sesión ordinaria, la misma se realizó en plenario, en la sede oficial del Concejo Municipal, contando con la participación de cuatro concejales que constituyen la mitad más uno del Concejo, a quienes se llamó lista y aprobaron la agenda u orden del día; en consecuencia, la sesión fue instalada y desarrollada de conformidad a lo establecido por los arts. 16.I y IV, 17 de la LM; y 40, 44, 49, 53 y 54 del Reglamento Interno. Consecuentemente, respecto a la instalación y desarrollo de la sesión de 2 de agosto de 2013, no existe causal de nulidad que se adecue a lo preceptuado por los arts. 16.V de la referida Ley y 50 de la norma Reglamentaria ya mencionada.