SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1976/2014
Fecha: 13-Nov-2014
II.5.
II.5. El acta de sesión ordinaria de 2 de agosto de 2013, en relación al punto cuarto del orden del día: “Análisis de la renuncia al cargo de presidente y elección del nuevo Presidente” (sic) del concejo Municipal, refiere que abordada la temática, el Pleno aceptó la renuncia; seguidamente, se procedió a la elección del cargo cesante por la modalidad nominal, donde Bernarda Benítez Gudiño, sugirió el nombre de Samuel Adautt Fernández, el indicado se apoyó a sí mismo, siendo elegido por mayoría de “2 botos” (sic), absteniéndose de votar Teófilo Murillo Bayara; procediéndose a la posesión del cargo, por el Presidente saliente de acuerdo a la Resolución Municipal 82/2013, en presencia de medios de comunicación y Notaria de Fe Pública. En Puntos Varios, se dio lectura a la Resolución Municipal 79/2013 de 23 de julio, que designó como Alcalde a.i. a “Juan de Dios Garay Herrera”, pasando el Presidente en ejercicio, Samuel Adautt Fernández a ministrarle posesión (fs. 353 a 355 vta.).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.1. Atribuciones del presidente y del vicepresidente del Concejo Municipal
- La posesión del Alcalde estará a cargo del Presidente del Concejo Municipal
- reemplazará al Presidente del Concejo solo en caso de ausencia o impedimento temporal
- Los miembros de la Directiva pueden ser ratificados o renovados en los siguientes casos
- III.2.2. Requisitos para la validez de las sesiones y resoluciones del concejo municipal
- siempre presididas por el (a) Presidente (a), o en su ausencia por el (la) Vicepresidente (a)
- III.3.1. Respecto a la convocatoria y validez de la sesión de 2 de agosto de 2013
- Fragmento 23
- III.3.2. De la participación del Presidente renunciante en la sesión de 2 de agosto de 2013 y la validez de sus actuaciones
- ausencia o impedimento temporal
- definitiva
- Fragmento 27