SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1976/2014
Fecha: 13-Nov-2014
II.2.
II.2. Según acta de sesión ordinaria de 23 de julio de 2013, del Concejo Municipal de Entre Ríos; en asuntos varios, a solicitud del concejal Samuel Adautt Fernández, el Presidente del ente deliberante, informó sobre la situación del Alcalde, señalando que la misma se habría agravado con la detención domiciliaria de éste, sin derecho al trabajo; por lo que, la Concejala Secretaria, propuso analizar la situación del Gobierno Municipal y las responsabilidades del Concejo Municipal, luego por unanimidad, se decidió elegir al Alcalde a.i. de entre los concejales presentes. Habiendo solicitado el Presidente sugerencia de nombres, el concejal Teófilo Murillo Bayara, se postuló para Alcalde; luego, el concejal Samuel Adautt Fernández propuso que asuma ese cargo el presidente del Concejo Municipal, Heberto Juan de Dios Garay Herrera, sugerencia que fue apoyada por la Concejala Secretaria; aceptando el Presidente del citado Concejo la postulación, quedando así electo como Alcalde a.i. dictándose la Resolución Municipal 79/2013 (fs. 348 a 350 vta. y 71).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.1. Atribuciones del presidente y del vicepresidente del Concejo Municipal
- La posesión del Alcalde estará a cargo del Presidente del Concejo Municipal
- reemplazará al Presidente del Concejo solo en caso de ausencia o impedimento temporal
- Los miembros de la Directiva pueden ser ratificados o renovados en los siguientes casos
- III.2.2. Requisitos para la validez de las sesiones y resoluciones del concejo municipal
- siempre presididas por el (a) Presidente (a), o en su ausencia por el (la) Vicepresidente (a)
- III.3.1. Respecto a la convocatoria y validez de la sesión de 2 de agosto de 2013
- Fragmento 23
- III.3.2. De la participación del Presidente renunciante en la sesión de 2 de agosto de 2013 y la validez de sus actuaciones
- ausencia o impedimento temporal
- definitiva
- Fragmento 27