Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2014-S3
Fecha: 05-Dic-2014
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Ricardo Nina Mamani, Julia Quelca Quenallata, Juan Carlos López Ticona, Javier Ergueta Coaquira, Nelson Vicente Mallcu Gerónimo, Narciso Blanco Llutha, Juan Calle Apaza, Vicente Cala Quispe, Saturnino Calle Ticona, Franz Lucio Luque Kara, Benedicto Simón Ramos, Cleto Quispe Limachi, Eusebio Monasterios Poma, Félix Raúl Choque Choque, Ramiro Roberto Salinas López, Pedro Rodrigo Cussi Chino, Gumercindo Nina García, Humberto Condori Sea, Remberto Uría Silva, Willy Flores Vargas y Roberto Guarachi Bravo, a pesar de su legal notificación cursante a fs. 99 vta. , no presentaron informe alguno y tampoco se hicieron presentes en audiencia.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- i)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- a)
- II.1.
- 2)
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional
- muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- juzgador se hubiera apartado de las previsiones legales que rigen el acto procesal como de los marcos de razonabilidad y equidad previsibles para decidir, si estos casos no se dan, esta jurisdicción no puede intervenir para dejar sin efecto la resolución
- III.3.
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- viii)
- además del muestrario fotográfico que demuestra la contundencia del bloqueo
- ix)