SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2014
Fecha: 25-Abr-2014
II.5.
II.5. De la revisión de la página electrónica oficial del Tribunal Constitucional Plurinacional, se constata que, como consecuencia del planteamiento de la acción de amparo constitucional precisada en el punto anterior, se emitió la SCP 0386/2013 de 25 de marzo, que confirmó la Resolución del Tribunal de garantías y concedió la tutela impetrada, argumentando que, el Auto de Vista de 27 de febrero de 2012, carece de debida fundamentación y motivación, porque los Vocales demandados se limitaron a realizar una descripción de los antecedentes del proceso y, si bien citaron disposiciones legales relativas a la problemática, omitieron "una ponderación reflexiva de los elementos probatorios puestos a su conocimiento contrastados con los preceptos invocados en el fallo" (sic); por consiguiente, incumplió las exigencias de validez de las resoluciones de apelación, vulnerando así el derecho al debido proceso, previsto por el art. 115 de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- iv)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 16
- III.1.Reiteración de jurisprudencia constitucional respecto a la identidad de sujetos, objeto y causa como causales de denegatoria de la presente acción de defensa
- (CARÁCTER OBLIGATORIO, VINCULANTE Y VALOR JURISPRUDENCIAL DE LAS SENTENCIAS).
- II.
- Fragmento 20
- (CUMPLIMIENTO DE RESOLUCIONES).
- III.3.Análisis en el caso concreto