SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2014
Fecha: 25-Abr-2014
III.1.Reiteración de jurisprudencia constitucional respecto a la identidad de sujetos, objeto y causa como causales de denegatoria de la presente acción de defensa
Ante el planteamiento de un segundo amparo, con identidad de sujeto objeto y causa, la jurisprudencia constitucional señaló: "imposibilita a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, puesto que resulta ser una causal de improcedencia que debe ser analizada en su oportunidad; es decir, a momento de conocer la segunda acción, en el entendido de que si la primera acción ya ha sido resuelta por el Tribunal Constitucional, adquiere la calidad de cosa juzgada constitucional, partiendo de que el supuesto de que la problemática planteada por el accionante ya fue examinada, analizada y resuelta en el fondo, mediante sentencia, sea concediendo o denegando la tutela solicitada, tal decisión causa estado y adquiere la calidad de cosa juzgada, por tanto la problemática planteada en la acción, no debe ser sujeta nuevamente a revisión" (SCP 0173/2012 de 14 de mayo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- iv)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 16
- III.1.Reiteración de jurisprudencia constitucional respecto a la identidad de sujetos, objeto y causa como causales de denegatoria de la presente acción de defensa
- (CARÁCTER OBLIGATORIO, VINCULANTE Y VALOR JURISPRUDENCIAL DE LAS SENTENCIAS).
- II.
- Fragmento 20
- (CUMPLIMIENTO DE RESOLUCIONES).
- III.3.Análisis en el caso concreto