DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2014

Fecha: 12-May-2014

i.  Unidad:

i.  Unidad: El art. 270 de la CPE la incluye como uno de los principios que rigen la organización territorial del Estado y el art. 5.1 de la LMAD la desarrolla en los siguientes términos: “El régimen de autonomías se fundamenta en la indivisibilidad de la soberanía y del territorio boliviano, la cohesión interna del Estado y la aplicación uniforme de las políticas de Estado”. En esta definición se identifican al menos dos dimensiones en las que se manifiesta la unidad estatal: a) Dimensión externa; como una manifestación de la soberanía hacia afuera de las fronteras nacionales; es decir, como un Estado único, sólidamente integrado en sus relaciones con sus pares en el contexto de las relaciones internacionales; y, b) Dimensión interna; en la que se plasma el pluralismo en todas sus manifestaciones (políticas, institucionales, económicas, jurídicas, culturales y lingüísticas, entre otras), pero siempre en el marco de la cohesión interna y la aplicación uniforme de las políticas del Estado.