DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2014

Fecha: 12-May-2014

Pampa.-

Pampa Aullagas se establece bajo los siguientes preceptos: Pampa.- Debido a la extensa meseta altiplánica, donde se oye correr al viento,  abunda la flora como la T’ula, Wichhu, Ch’ikhi, y  la fauna nativa: Wari, Suri, Kunturi, Qamaqi, Khirkhinchu, Añathuya, Wank’us, Tujuy otros. Aullagas.- Según nuestros ancestros cuentan que el agua aullaba - porque no recorría rápido por ser planicie- a diferencia de los ríos del Lakajawira y Marquez, que desembocan sus aguas en el lago Poopó.

Pampa Aullagas se encuentra situado a los pies del imponente cerro Pedro Santos, fundada el 3 de Mayo de 1.573, como Villa Real de Aullagas del repartimiento de Uruquillas,  cuyos personajes como Pedro Zarate VISITADOR GENERAL de dicha Provincia hizo comparecer a don Diego Choque ALCALDE ORDINARIO de la Villa, a don Diego Cayo ALGUACIL MAYOR, a don Alonzo Cayo REGIDOR de los cuatro anteriores, a don Francisco Cayo PROCURADOR y a don Pedro Cayo ESCRIBANO PÚBLICO.