DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2014

Fecha: 12-May-2014

Sobre el literal b.

La inclusión de la frase “hacer respetar” en el texto del literal examinado, merece una consideración especial, pues podría ser interpretado como la imposición al ciudadano, no solo de la autorización, sino también la exigencia de tomar medidas para obligar que otros manifiesten su respeto por los símbolos, tanto nacionales como autonómicos, lo que pondría en riesgo-entre otros-, el ejercicio de los derechos a la libertad de pensamiento y a la libre expresión, consagrados en el art. 106.II constitucional en los siguientes términos: “El Estado garantiza a las bolivianas y los bolivianos el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa”.

Así redactado, el proyecto de la disposición observada, puede ser entendido como la carga de un deber a todo ciudadano de imponer a otro que asuma una posición de respeto frente a los símbolos nacionales, por los medios que él crea apropiados, lo que podría limitar incluso el ejercicio de los derechos anteriormente mencionados.