Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1560/2014
Fecha: 01-Ago-2014
II.2.1.
II.2.1. Por Certificado de Dispensación (CD) 060101-11-MMP-PASA-CD-68-12, de 14 de junio de 2012, el Proyecto de “CONSTRUCCION NUEVO MERCADO CENTRAL DISTRITO N° 1 DE LA CIUDAD DE TARIJA” (sic), fue catalogado en la categoría III conforme a lo previsto por el art. 25 de la Ley del Medio Ambiente (LMA), por lo tanto quedó dispensado del estudio de evaluación de impacto ambiental (fs. 12).
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- demandados
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.3.3.
- II.3.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- que pueden ser integrados
- dependiendo del grado de su afectación
- III.4. Análisis del caso concreto
- i) Concedió
- higiene comunal
- legitimación pasiva compartida
- 1º CONFIRMAR
- 2º ORDENAR