SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1560/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1560/2014

Fecha: 01-Ago-2014

II.3.4.

II.3.4. Cursan notas de los servicios básicos de electricidad y agua dirigidas a Omar Figueroa, Presidente de trabajadores gremiales del mercado central de Tarija: a) De SETAR, haciéndoles conocer a los usuarios que deben realizar el trámite de suspensión temporal del servicio, por motivo de la construcción del nuevo mercado, caso contrario seguirían facturando por el consumo mínimo (fs. 200 a 203); y, b) De la Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado de Tarija (COSAALT) Ltda. de 30 de julio de 2013, que le hizo conocer la respuesta de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS), en sentido de que la nota de 4 de julio de ese año, del Gobierno Municipal de Tarija, que solicitó a COSAALT Ltda. el corte del servicio de agua potable y alcantarillado a partir de 1 de agosto de igual año, en el mercado central con el argumento de que solo así se obligaría el desalojo del mercado central, solo podía proceder por razones previstas en la ley y que no es posible prescindir del agua ni siquiera en situación de construcción o remodelado, por lo que dejaba sin efecto dicho corte (fs. 204 a 209, 212 y 213).