Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1560/2014
Fecha: 01-Ago-2014
II.3.1.
II.3.1. Mediante nota CITE/476/DMAT/2013 de 10 de octubre, el Director de Aseo Urbano del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, en respuesta a la Presidenta de la Comisión Política Social, Educación, Salud y Vivienda de la Brigada Parlamentaria, Dora Burgos de Pereira, informó que el servicio de aseo urbano desde el 1 hasta el 7 de octubre de 2013, fue suspendida por los conflictos suscitados, periodo en el que se recibió muchos reclamos de vecinos y usuarios, retornando paulatinamente al servicio a partir de esa fecha (fs. 15 a 16).
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- demandados
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.3.3.
- II.3.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- que pueden ser integrados
- dependiendo del grado de su afectación
- III.4. Análisis del caso concreto
- i) Concedió
- higiene comunal
- legitimación pasiva compartida
- 1º CONFIRMAR
- 2º ORDENAR