DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2015

Fecha: 06-Oct-2015

Fragmento 62

El citado art. 323.I de la Ley Fundamental, contiene principios referidos al presupuesto y otros a los tributos y algunos principios que engloban ambos. Por regla general, los principios plasmados para la política fiscal son interdependientes y tienen una relación estricta con los fines del Estado; sin embargo, dichos principios deben ser interpretados de manera separada; es decir, para el caso de los tributos y otras distintas para el caso del presupuesto; sin embargo, al margen de las interpretaciones separadas, los nueve principios fijados para la política fiscal deben ser comprendidos e interpretados en concordancia con los valores y principios establecidos en la Constitución siendo los siguientes: “unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien” (art. 8.II de la Ley Fundamental).