DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2015

Fecha: 06-Oct-2015

Sobre el numeral 20

El concejo municipal evidentemente puede emitir resoluciones internas que involucren un acuerdo respecto a su planilla presupuestaria, para la remuneración de los concejales, así como el presupuesto de funcionamiento de este órgano, más no puede involucrar la remuneración del alcalde o alcaldesa municipal, intendente municipal, como tampoco de toda la administración municipal, puesto que dicha mención engloba a ambos órganos de gobierno, en dicho acuerdo, por respeto del art. 12.I de la CPE, garantizando con ello la independencia del ejecutivo y el legislativo municipal, por lo que no puede el concejo municipal a través de una resolución interna, realizar disposiciones presupuestarias para el órgano ejecutivo municipal, sin la participación del mismo, respetando su independencia.