DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2015

Fecha: 06-Oct-2015

Sobre el numeral 17

El art. 300.I.12 de la CPE establece que es una competencia exclusiva de los gobiernos departamentales autónomos “otorgar personalidad jurídica a organizaciones sociales que desarrollen actividades en el departamento”, en tal sentido, el referido numeral no corresponde a una competencia del gobierno municipal siendo ésta una competencia exclusiva del gobierno departamental.