DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2015

Fecha: 21-Oct-2015

reforma total

Lo cual significa que el propio constituyente boliviano, -como se tiene descrito- ha previsto la figura de la reforma total y reforma parcial de la Constitución Política del Estado; razón por la cual, es posible afirmar que nuestra Constitución ingresa –según la doctrina- dentro de las denominadas Constituciones flexibles, pero con sus particularidades y exigencias propias y/o específicas, que para ciertos autores también la clasificarían como intermedia entre la rígida y la flexible dado que si bien puede darse mediante una Ley de reforma parcial, aprobada por dos tercios de votos, empero, para su validez, necesariamente debe ser aprobada mediante referendo; con lo cual, no sólo adquiría legalidad sino legitimidad, como es el caso boliviano.