SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1004/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1004/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

El accionante considera que su derecho al debido proceso en su componente de una debida fundamentación y motivación así como el “principio de congruencia” han sido vulnerados; toda vez que, en primera instancia, la Jueza de la causa luego de rechazar la pretensión de rectificación de superficie de un inmueble al amparo del art. 190 del CPC, por no ser de aplicación el art. 196.1 del mismo cuerpo legal, procedió mediante Auto de 3 de diciembre de 2013, a dar curso a lo solicitado, decisión que elevada en revisión fue confirmada por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz a través de una resolución carente de fundamentación y motivación, sin haber dado respuesta a todos y cada uno de los agravios formulados.