SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2015-S1

Fecha: 03-Nov-2015

II.3.

II.3. El 30 de enero de 2014, Celsa Marina García Calle y María del Carmen Carpio Salazar, mediante memorial dirigido al Alcalde Municipal de Sucre, le comunicaron que en la fecha señalada se apersonaron a su lugar de trabajo personal de Recursos Humanos, acompañado con una Notaria de Fe Pública, a objeto de que firmen sus contratos a plazo fijo con vigencia desde el 6 de enero hasta el 19 de diciembre de 2014, lo cual constituye un despido indirecto, y le solicitan que se respeten sus derechos fundamentales de estabilidad e inamovilidad laboral, misma que fue reconocida mediante una acción de amparo constitucional y resolución administrativa, respectivamente (fs. 31 y vta.).