SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

3) En cuanto a la supuesta falta de fundamentación, motivación y congruencia de la Resolución

3) En cuanto a la supuesta falta de fundamentación, motivación y congruencia de la Resolución 24-A/2014 de 28 de enero, pronunciada por los demandados, que revocó la Resolución 424/2013 de 9 de julio, que impuso a la imputada medida cautelar de detención preventiva; disponiendo la aplicación de medidas sustitutivas

Como preámbulo corresponde establecer que, a efectos de verificar la carencia o no de una debida fundamentación y motivación respecto a una resolución que emerja del planteamiento de un recurso de apelación, debe tenerse presente que tales parámetros de medición, deberán ser contrastados con el recurso de apelación en sí, pues, es a partir de él que las autoridades jurisdiccionales que los conocen emitirán su decisión; dicho de otro modo, si bien es evidente que toda resolución ­-administrativa o judicial- debe contar con una debida fundamentación y motivación que dé cuenta de las razones que determinaron una decisión en particular, no es menos cierto que, en su análisis contenga, construcción argumentativa y decisorio final, no puede apartarse de los elementos fácticos que han sido sometidos a cuestionamiento, pues de hacerlo, se corre el riesgo de que actúen ultra o infra petita,; es decir, otorguen más de lo solicitado o menos de lo pretendido; entonces, la decisión, debe obedecer estrictamente a los elementos sometidos a consideración.