SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado de los accionantes ratificó los argumentos contenidos en la demanda tutelar, enfatizando en relación a los informes presentados por las autoridades judiciales codemandadas que, no es posible alegar cosa juzgada cuando existe violación de derechos fundamentales y garantías constitucionales, debiendo en caso de afectación de los mismos aplicar el principio de verdad material que irradia a la función pública y, da lugar a la acción de amparo constitucional.