SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

II.7.

II.7.   En cumplimiento a la Resolución que ameritó la acción de amparo constitucional descrita en la Conclusión precedente, el Juez Tercero de Sentencia Penal de Montero, dictó el Auto de Vista 04/2012 de 23 de agosto, confirmando en todas sus partes, la sentencia de primer grado, considerando entre otros, que la presentación de prueba de Romelio Salas Cuéllar, se efectuó después de contestar la demanda principal, en supuesto desconocimiento de lo previsto por el art. 330 del CPC.1976, al haberse precluido el derecho de ofrecer pruebas, a más que los hoy accionantes no acreditaron con medios legales de prueba la posesión de treinta y cinco años alegada, mientras que la demandante, ahora tercera interesada, habría probado ser la propietaria y poseedora legal del inmueble (fs. 270 a 273). La decisión glosada fue notificada a los impetrantes de tutela, el 20 de septiembre de igual año (fs. 276).