SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos a la igualdad, a la defensa, al debido proceso en sus componentes de la debida motivación de las resoluciones judiciales y de la valoración de la prueba, al acceso a la justicia y del principio a la seguridad jurídica, alegando que, dentro del proceso interdicto de recobrar la posesión seguido por Edelmira Laya Fernández Callejas en su contra, los Jueces codemandados, emitieron la sentencia 29/2011 de 18 de octubre y el Auto de Vista 04/2012 de 23 de agosto, sin efectuar valoración alguna de la prueba de descargo presentada de su parte, no habiéndola mencionado en ninguna parte la Resolución de primera instancia, pese a que fue admitida por proveídos de 12 de abril y 11 de junio ambos de 2011; estableciendo en apelación, erróneamente, que no la hubieran presentado conforme al art. 330 del CPC.1976, sin considerar que ambos, la ofrecieron en sus primeros escritos; es decir, en sus memoriales de planteamiento de excepción y de respuesta negativa, respectivamente. Añade que, el Auto de Vista citado, tampoco hizo alusión a las declaraciones testificales producidas, afirmando asimismo que, la demandante tercera interesada acreditó derecho propietario, cuando ello, no correspondía ser determinado en un proceso interdicto.